FRENTE DE RENOVACIÓN JALISCO A LA VANGUARDIA
AGRUPACIÓN POLITICA ESTATAL
Estatutos
Articulo1.- El nombre de la organizacion es " Frente de Renovación Jalisco a la Vanguardia .
Articulo 2. El Emblema y colores de la organizacion en : el contorno del mapa territorial del estado de Jalisco en negro con el fondo blanco y las iniciales del nombre de la agrupacion politica , en su interior siendo la Fen color naranja la R en color verde bandera la J en rojo y la V , todo sobre un fondo blanco y las letras sigiendo la simetria de sus rasgos caracteristicos .
Articulo 3.- Este emblema sera utilizado para toda nuestra papelieria documentos y propaganda que realicen cada uno de los integrantes de la agrupación con propositos especificos , en la inteligencía que sean utilizados siempre sin fines de lucro .
Articulo 4.- Solo se autoriza cambios en el emblema de la agrupación en la asamble general ordinaria ya propuesta expresa aprovada por la mayoria de los miembros de la agrupación.
Articulo 5.- "La militancia unida y de pie trabajando", es nuestro lema y nuestra bandera.
Articulo 6.- Solo se autorizan cambios en el lema de la agrupaciòn en asamblea general ordinaria y a propruesta expresa aprobada por la mayoría de los miembrós de la agrupación .
Articulo 7.- Nos definimos como una agrupación democrática , progresista, incluyente comprometida con las causas de la sociedad, constituiada por hombres, mujeres y jóvenes que aglutinan liderasgoz en los barrios y colonias de las zonas urbanas y en los municipios que conforman el estado de Jalisco.
Articulo 8.- El frente de la renovación Jalisco a la "Vanguardia" está constituido y organizado, conforme a las normas de la constitución politica de los Estados Unidos Mexicanos , de la constitución politica del estado de Jalisco y de la Ley Electoral de la entidad y sus normas legales y reglamentarias.
Articulo 9.- La agrupación Politica impulsara la participación ciudadana y la presencia predominante de los jovenes y mujeres en combinación con los liderazgos de la militancia .
Articulo 10.- Se admite como militantes o asociados al ciudadano mexicano que acepte la declaracion de principiós, el programa y los estatutos de la organización . La admicion es individual libre y pacifica.
Articulo 11.- Los militantes o asociados seran acreditados como tales , con credenciales expedidas por el comite ejecutivo estatal.
M: 33 -1409-6156
Daniel Hernández Loza
Presidente de la Agrupación
